OPERADORAS TURISTICA
ELENA ARROYO
TATIANA JIMENEZ
ERICK LARA
ALEJANDRA MARTINEZ
HOTELERIA Y TURISMOIII
MAYO 2018
Normalmente
se considera operador turístico a la empresa que ofrece productos o servicios turísticos,
generalmente contratados por él, e integrados por más de uno de los siguientes
ítems: transporte, alojamiento, traslados, excursiones, etc.
Puede
ser operador mayorista si trabaja exclusivamente con agencias de viajes o
mayorista y minorista en caso de ampliar su oferta al público en general.
Atraer
el mayor número de visitantes a Colombia, brindándoles toda la oferta
consolidada de servicios turísticos de primera categoría a nivel nacional, a
través de los mayoristas de viajes a nivel mundial, supliendo así las
necesidades actuales y futuras de los viajeros y asesores de viajes.
Contribuyendo al crecimiento, rentabilidad y durabilidad de nuestra empresa, de
nuestros proveedores y aliados y por ende al desarrollo económico de las
principales zonas turísticas y a la generación de nuevos destinos, que
beneficien a la comunidad.
El
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo le informa que el trámite de
inscripción y actualización del Registro Nacional de Turismo pasó a las Cámaras
de Comercio, de conformidad con los artículos 164 y 166 del Decreto Ley 019 del
10 de enero de 2012.
La
actualización del Registro Nacional de Turismo se realiza del 01 de enero al 31
de marzo de cada año, vía Internet en la página www.rues.org.co ó
directamente en la sede de la Cámara de Comercio más cercana al lugar de
operación. Las que se realizan después de esta fecha son extemporáneas.
Cinco pasos para certificarse en las
normas técnicas
1.
Ingrese a la página web
2.
Diligencie el formulario Llene el documento ‘declaración de primera parte’.
Luego ingrese a la autoevaluación y seleccione la Norma Técnica Sectorial que
le corresponde.
3.
Comience la autoevaluación Indique en cada ítem sí cumple o no las NTS y
explique cómo implementa ese requisito en su empresa. Si no aplica para alguno,
debe estar sustentado.
4.
Descargue el certificado Cuando los requisitos estén marcados y con las
explicaciones, genere los resultados de su autoevaluación, tome nota de lo que
se le indique y descargue el certificado.
5.
Imprima y firme el formulario Tan pronto tenga el archivo, debe imprimir la
hoja de ‘declaración de primera parte’. Firme y luego escanee el documento para
actualizar su Registro Nacional de Turismo.
EMPRESAS
DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR ESPECIALIZADO, EMPRESAS OPERADORAS DE CHIVAS
Y OTROS VEHÍCULOS AUTOMOTORES QUE PRESTEN SERVICIO DE TRANSPORTE TURÍSTICO.
REQUISITOS DE SOSTENIBILIDAD
1. OBJETO Esta norma
técnica sectorial establece los requisitos de sostenibilidad en los aspectos
ambientales, socioculturales y económicos que deben cumplir las empresas de
transporte terrestre automotor especializado, las empresas operadoras de chivas
y otros vehículos automotores que presten servicio de transporte turístico. 2.
ALCANCE Esta norma aplica a las empresas de transporte terrestre automotor
especializado, las empresas operadoras de chivas y otros vehículos automotores
que presten servicio de transporte turístico. NOTA: Para efectos de esta norma
se utilizará la sigla ETRATU, cuando se refiera a empresas de transporte
terrestre automotor especializado, las empresas operadoras de chivas y otros
vehículos automotores que presten servicio de transporte turístico. 3.
DEFINICIONES Para los propósitos de esta norma, aplican las siguientes
definiciones, y las contenidas en la reglamentación legal vigente: 3.1 Aspecto
ambiental. Elementos de las actividades, productos o servicios de una
organización, que pueden interactuar con el ambiente. NOTA: Un aspecto
ambiental significativo tiene o puede tener un impacto ambiental significativo.
(NTC-ISO 14001: 2004) 3.2 Aspecto económico. Elementos de las actividades,
productos o servicios de una organización que pueden interactuar con las
actividades económicas generadas dentro de la actividad turística. NORMA
TÉCNICA SECTORIAL COLOMBIANA NTS TS 005 2 3.3 Aspecto sociocultural. Elementos
de las actividades, productos o servicios de una organización que pueden interactuar
con el patrimonio cultural, las comunidades anfitrionas y sus valores
tradicionales. 3.4 Autoridad. Poder con que se cuenta o que se ha recibido por
delegación. (NTCGP 1000: 2004) 3.5 Capacitación. Hace parte de la formación y
busca mejorar las habilidades, destrezas y saberes del personal de la ETRATU,
mediante cursos de corta duración, no conducentes a la obtención de títulos.
3.6 Chivas. Vehículos con carrocería de madera, desprovisto de puertas y cuya
silletería está compuesta por bancas transversales, también denominada bus
escalera. (Tomada del Decreto 175 de 2001, Ministerio de Transporte) 3.7
Cliente. Persona natural ó jurídica que solicita un servicio de transporte
turístico terrestre automotor. 3.8 Combustibles. Cualquier material que puede servir
como fuente de energía. 3.9 Comunidad local. Grupo de personas que conviven en
un espacio geográfico determinado y comparten intereses, creencias,
sentimientos, valores, actitudes y expectativas. Poseen un determinado grado de
organización, pueden llegar a compartir un gobierno, y se diferencian de los
demás por una herencia histórica y cultural que comparten. La comunidad local
va más allá de sus componentes estructurales, es un patrón que se afianza día a
día con la participación de los sujetos que la conforman. 3.10 Cuantificable.
Que se puede medir numéricamente. 3.11 Destinos turísticos. Unidad de
planificación y gestión del territorio que como espacio geográfico delimitado,
define imágenes y percepciones determinantes de su competitividad en el mercado
turístico. El destino turístico se caracteriza por la presencia de atractivos,
infraestructura básica, planta turística, superestructura y demanda, como
conjunto de bienes y servicios turísticos ofrecidos al visitante o turista, en
la zona y por diversos grupos humanos entre los cuales se encuentra la
comunidad local. 3.12 Documentación. Conjunto de documentos, soportes,
manuales, guías de referencia, etc., que debe manejar la ETRATU, de modo que se
puedan soportar los procedimientos y registrar las evidencias. NOTA: La
documentación puede estar en cualquier formato o tipo de medio. 3.13 Evaluación
de impactos. Procedimiento que sirve para identificar, prevenir e interpretar
los impactos ambientales, socioculturales y económicos que se producen en el
desarrollo de la actividad económica de las ETRATU. 3.14 Evidencia. Registro
que respalda la existencia o veracidad de algo. NORMA TÉCNICA SECTORIAL
COLOMBIANA NTS TS
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